El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre la distribución de licencias de segunda mano que permiten en este caso la utilización de programas descargados directamente de internet.
El debate comenzó el pasado 3 de febrero cuando la empresa estadounidense Oracle, dedicada a desarrollo y distribución de programas de ordenadores sobre todo a través de internet, demandó ante los tribunales alemanes a la empresa también alemana UsedSoft la cual se encarga de comercializar licencias ya usadas que han sido adquiridas por los clientes de UsedSoft.
El Tribunal Supremo Federal de Alemania pidió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) que interpretara la solución posible para este conflicto en base a la Directiva 2009/24/CE sobre la protección jurídica de los programas de ordenador.
Hoy 4 de julio de 2012, el TJCE ha declarado a favor de UsedSoft en base al artículo 4.1 de la Directiva 2009/24/CE que dice lo siguiente:
Art. 4.2 – La primera venta en la Comunidad de una copia de un programa por el titular de los derechos o con su consentimiento, agotará el derecho de distribución en la Comunidad de dicha copia, salvo el derecho de controlar el subsiguiente alquiler del programa o de una copia del mismo.
Esto quiere decir, que el derecho exclusivo de distribución del autor de una copia del programa, en este caso sería Oracle, se agota con la primera venta, es decir, pierde la posibilidad de invocar el monopolio de explotación una vez comercializado en un estado miembro. Una de las principales novedades que ha introducido el TJCE con esta decisión es que ya no se refiere solo al caso de que el autor comercialice copias de sus programas de ordenador a través de un soporte material, si no que ahora se incluye también la distribución mediante descargas de su página web.
Sin embargo, también se ha querido introducir limitaciones a la transmisión de este tipo de licencias. El TJCE ha establecido que para que sea posible la venta de la licencia es necesario que el adquiriente inicial invalide su propia copia. Ya que en caso contrario, si continuara utilizándola, violaría el derecho exclusivo del titular de los derechos de autor a la reproducción de su programa.
La posibilidad de transmisión de licencias adquiridas a través de la descarga de programas de internet va a tener importantes consecuencias para el mercado, ya que va a haber un incremento considerable de las compra-ventas digitales. De esta manera, esta sentencia está prohibiendo a las distribuidoras intervenir en caso de que un usuario quiera vender un juego digital.
Leave A Comment
You must be logged in to post a comment.