El pasado 10 de mayo se aprobó la nueva Ley de Telecomunicaciones
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/10/pdfs/BOE-A-2014-4950.pdf
Con la Ley de Telecomunicaciones se pretende garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Agenda Digital para Europa, asegurando un marco regulatorio claro y estable que fomente la inversión, proporcione seguridad jurídica y elimine las barreras que dificultaban el despliegue de redes, así como dotar de un mayor grado de competencia en el mercado.
Se procede por tanto a una simplificación administrativa eliminando licencias y autorizaciones para determinadas categorías de instalaciones con el objetivo final de facilitar el despliegue de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.
El objeto de la Ley no se limita a la regulación de las comunicaciones electrónicas si no que aborda de forma general el régimen de telecomunicaciones no limitándose a los aspectos propios de los operadores de telecomunicaciones como las licencias servicio universal etc. En este sentido la ley aborda cuestiones como la conservación de datos, interceptación de la telecomunicaciones, evaluación y conformidad de equipos o aparatos etc.
Los aspectos destacables de la Ley de Telecomunicaciones son a mi juicio los siguientes:
Por otro lado se excluye expresamente la regulación de los contenidos difundidos a través de servicios de comunicación audiovisual y la prestación de servicios sobre las redes de telecomunicaciones que no constituyan el transporte de señal a través de dichas redes. Estos últimos son objeto de regulación por la Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico
A este respecto merece la pena destacar la modificación a través de la disposición final segunda de la LSSI para la regulación de las cookies y criterios para la modulación de las sanciones. En este sentido los aspectos más destacables de la modificación de la LSSI son:
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