El pasado 1 de octubre de 2020 se habilitó la presentación telemática para determinados trámites que deben realizarse ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).
Adaptándose en estos tiempos de alerta sanitaria a las tecnologías y necesidades presentes, evitando desplazamientos innecesarios y problemas derivados de cierre temporal de instituciones el SEPBLAC facilita la realización de los trámites a continuación indicados a través del Registro Electrónico de la Oficina Virtual del Banco de España.
Las entidades de crédito que deberán, necesariamente, seguir remitiendo sus comunicaciones por indicio telemáticamente mediante la aplicación informática CTL.
Para poder realizar estos trámites se precisa contar con los sistemas de autenticación que admite el Banco de España, como el Sistema Cl@ve o certificados electrónicos digitales.
Desde DPO&itlaw vemos con buenos ojos la adopción de este tipo de medidas, que facilitan enormemente el cumplimiento de obligaciones legales y dotan de mayor seguridad a las actuaciones realizadas.
Borja Perez Enciso Ramos
DPO & IT Law
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